Internacional

Convención para Combatir el Cohecho de Servidores Públicos Extranjeros en Transacciones Comerciales Internacionales de la OCDE

Objetivo. Cada Parte tomará las medidas necesarias para establecer que es un delito punible bajo su ley el que cualquier persona intencionalmente ofrezca, prometa o efectúe un pago indebido u otra ventaja, sea directamente o a través de intermediario, a un servidor público extranjero en su beneficio o en el de un tercero, a fin de que ese funcionario actúe o deje de hacer, en cumplimiento de sus deberes oficiales, con el propósito de obtener o mantener un negocio o cualquiera otra ventaja indebida, en la realización de negocios internacionales.

Impacto. Establece obligaciones a los países miembros para instaurar leyes y prácticas en la lucha contra la corrupción en las transacciones y negocios dentro de la OCDE Artículos 2,3 y 7

Carta Iberoamericana de la Función Pública (Santa Cruz, Bolivia 2003 (OEA)

Objetivo: Definir las bases que configuran un sistema profesional y eficaz de función pública, entendiendo a éste como una pieza clave para la gobernabilidad democrática de las sociedades contemporáneas, y para la buena gestión pública.

Impacto. Establece compromisos para instaurar Servicios Profesionales de Carrera en la Administración Pública
Capítulo Segundo

Convención Interamericana contra la Corrupción de la Organización de Estados Americanos (OEA) Caracas, Venezuela 1996)

0bjetivo: Promover y fortalecer el desarrollo, por cada uno de los Estados Partes, de los mecanismos necesarios para prevenir, detectar, sancionar y erradicar la corrupción;

Impacto: Establece compromisos de cooperación e instaurar leyes y prácticas contra la corrupción. Artículos III, VI a XIII

Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción (UNCAC)

Objetivos: a) Promover y fortalecer las medidas para prevenir y combatir más eficaz y eficientemente la corrupción;

b) Promover, facilitar y apoyar la cooperación internacional y la asistencia técnica en la prevención y la lucha contra la corrupción, incluida la recuperación de activos;

c) Promover la integridad, la obligación de rendir cuentas y la debida gestión de los asuntos y los bienes públicos.

Impacto. Busca fortalecer las bases de coordinación internacional en la lucha contra la corrupción. Artículos 5 al 30

Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. Naciones Unidas. Derechos Humanos. Oficina del Alto Comisionado.

Convención Americana sobre Derechos Humanos suscrita en la Conferencia Especializada Interamericana sobre Derechos Humanos (B32)

Declaratorias de la Asamblea General de la Organización Latinoamericana y del Caribe de Entidades Fiscalizadoras Superioress. «OLACEFS”

Declaración de Lima 1995. Líneas básicas de la participación.

Declaración de asunción 2009. Principios de la Rendición de Cuentas,

Declaración de Santiago de Chile  2013. Sobre gobernanza, lucha contra la corrupción y confianza pública.

Declaración de Punta Cana 2016. Sobre la participación ciudadana en el seguimiento y la fiscalización de los Objetivos de Desarrollo Sostenible.